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El vehículo con el que se ha cometido el delito contra la seguridad vial. G.C

Cazan a un conductor a 211 km/h en la AP-7 a la altura de Agost

El piloto, que ha sido investigado como presunto autor de un delito contra la seguridad vial, se ha emplazado ante la autoridad judicial para la celebración de un juicio rápido

Sábado, 13 de mayo 2023, 11:58

La Guardia Civil ha cazado a un conductor a 211 km/h en la AP-7 a la altura de Agost. El piloto, que ha sido investigado como presunto autor de un delito contra la seguridad vial, se ha emplazado ante la autoridad judicial para la celebración de un juicio rápido

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El arresto ocurrió el pasado día 7 de mayo, alrededor de las 16.15 horas, cuando una patrulla de la Guardia Civil de Tráfico detectó a un turismo que circulaba con exceso de velocidad por la Autopista AP-7 a su paso por el municipio de Agost, una vía cuyo límite genérico es de 120 km/h.

El vehículo fue interceptado en un control de velocidad estático, y se comprobó que circulaba a una velocidad casi 100 km/h superior a la permitida. El conductor, y único ocupante, era un varón español de 50 años de edad, residente en la localidad murciana de Archena.

Por estos hechos, el piloto del turismo ha sido investigado como presunto autor de un delito contra la seguridad vial al circular a una velocidad superior a 80 km/h de la permitida reglamentariamente en vía interurbana por la que circulaba.

Los efectivos del Equipo de Atestados del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Alicante han instruido las diligencias, que han sido remitidas al Juzgado de Instrucción número 3 de Novelda, donde se ha emplazado al conductor a juicio rápido.

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Este tipo de delito se encuentra recogido en el artículo 379 del Código Penal y puede ser castigado alternativamente con la pena de prisión de tres a seis meses, con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

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