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El auto del Constitucional: la reforma exprés de Sánchez «cercenó» el pluralismo

El auto del Constitucional: la reforma exprés de Sánchez «cercenó» el pluralismo

La mayoría conservadora constata que ningún poder es «inmune» al control del TC, mientras los progresistas discrepan en sus votos particulares de «la injerencia» en el Legislativo

Miércoles, 28 de diciembre 2022, 20:32

El Gobierno y los dos partidos que lo sustentan -el PSOE y Unidas Podemos- ya tienen en su mano el auto del Tribunal Constitucional al que estaban aguardando para volver a tramitar su controvertida reforma de las leyes del Poder Judicial y del propio TC, ... vía enmiendas a los cambios en el Código Penal para derogar la sedición y rebajar la malversación. La cuestión es que ahora, tras el sorprendente pacto de conservadores y progresistas en el Consejo General del Poder Judicial que permitirá renovar la corte de garantías -la cual se reunirá este jueves para verificar la idoneidad de los dos magistrados propuestos por el CGPJ (César Tolosa y María Luisa Segoviano) y los dos del Gobierno (Juan Carlos Campo y Laura Díez)-, la modificación legislativa promovida por el Ejecutivo ha quedada neutralizada. Y no está claro que vaya a seguir adelante con ella, ahora como una proposición de ley específica después de que el TC paralizara su votación en el Senado.

Este miércoles, la corte difundió el histórico auto por el que suspendió, por primera vez en democracia, el refrendo en las Cortes de una iniciativa legislativa al imponerse la mayoría de seis magistrados de orientación conservadora a los cinco progresistas. A su vez, estos últimos plasman su disconformidad con una resolución que supone, a su juicio, una «injerencia» indebida en el Poder Legislativo en tres votos particulares: el que firman Cándido Conde-Pumpido, Inmaculada Montalbán y Ramón Sáez Valcárcel; el de María Luisa Balaguer; y el de Juan Antonio Xiol, que se dará a conocer en los próximos días.

En la resolución aprobada por la mayoría el pasado 19 de diciembre, el TC se declara consciente de la necesidad de conducirse con «proporcionalidad» dado que el recurso de amparo del PP, acompañado de la solicitud de suspensión «cautelarísima» de la reforma de Sánchez, afectaba al «principio de autonomía parlamentaria y la inviolabilidad de las Cortes». Pero los magistrados oponen dos argumentos para justificar la adopción de una medida tan drástica e inusitada como vetar una votación en el Legislativo: la «especial trascendencia constitucional» y la «relevante y general repercusión social» de la reforma del Gobierno, al procurar un cambio en los mecanismos de elección del propio TC; y el hecho de que ningún poder del Estado puede creerse «inmune» ante el control de constitucionalidad.

El auto describe cómo el PSOE y Unidas Podemos tramitaron la reforma por la vía rápida, entre el 9 y el 15 de diciembre, y cómo ello resultó «lesivo» para el derecho al ejercicio representativo de la oposición protegido por el artículo 23.2 de la Carta Magna. Y lo que es más: la mayoría conservadora del TC sostiene que «el medio, la forma y el procedimiento seguidos» -no el fondo del debate- «resultan inequívocamente desconocedores, y por ello cercenadores», de ese derecho en conexión con el del pluralismo político, «clave de bóveda del Estado democrático». En sus votos particulares, los progresistas, con matices argumentativos, discrepan radicalmente de que el TC pueda realizar un «control preventivo» de constitucionalidad y de que el potencial perjuicio a la minoría parlamentaria justifique suspender una votación.

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