Las oficinas postales esperan una avalancha de votos por correo de cara al 23J. EP

La advertencia de Correos para ejercer el voto postal en las Generales del 23J

La compañía hace un llamamiento para evitar contratiempos a la hora de ejercer este derecho

TodoAlicante

Alicante

Miércoles, 12 de julio 2023, 15:47

Correos ha lanzado una advertencia a la ciudadanía que quiera ejercer su derecho al voto postal de cara a las Elecciones Generales del 23J. La compañía hace este llamamiento para agilizar los trámites y evitar esperas indeseadas ante la alta afluencia prevista en sus oficinas.

Publicidad

Su recomendación va dirigida a los ciudadanos que ya hayan recibido la documentación electoral necesaria para ejercer el voto por correo, a los que insta a votar «cuanto antes y no esperar hasta última hora» para depositar su voto en cualquier oficina de Correos, aprovechando su amplitud horaria.

Desde el 3 de julio, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral están enviando la documentación electoral a las personas que ya han solicitado el voto por correo y continuará haciéndolo hasta el día 16 de julio. Correos está entregando esa documentación a medida que la recibe, por lo que muchos ciudadanos y ciudadanas ya pueden depositar su voto en cuaquier oficina.

El depósito del voto se podrá realizar en cualquier oficina de Correos hasta el 20 de julio

Entre las medidas organizativas adoptadas por Correos ante el masivo número de votos por correo que se espera, se encuentra la extensión de horarios y la firma de 19.400 contratos de refuerzo tanto en distribución como en la atención en oficinas. El depósito del voto se podrá realizar en cualquier oficina de Correos hasta el 20 de julio de 2023.

Entrega en mano de la documentación

La documentación electoral (certificado de inscripción en el censo, sobres y papeletas de todas las candidaturas) se envía a la dirección indicada por el elector en la solicitud, con carácter certificado y urgente.

Publicidad

El cartero o cartera de Correos realizará al menos dos intentos de entrega de esta documentación en mano al propio destinatario, dejando el aviso para que vaya a recogerla a la oficina más cercana en caso de no haber sido posible realizar esa entrega en mano.

Cómo pedir que la documentación se reenvíe a otra dirección

Una vez remitida la documentación electoral a la dirección indicada por el solicitante, la Junta Electoral Central permite la reexpedición de esa documentación electoral a otras señas, siempre que medie petición expresa del elector.

Publicidad

Por ejemplo, si una persona ha solicitado recibir la documentación electoral en una dirección y tiene que irse antes de recibirla, puede realizar este trámite en cualquier oficina informatizada de Correos, siendo obligatorio para ello que facilite el número de registro de la documentación electoral que desea reexpedir, y que puede obtener en la siguiente dirección de la OCE: https://sede.ine.gob.es/ce-votoxcorreo/?lang=es_ES.

Autorización para delegar el depósito del voto

Las personas que solicitaron el voto por correo pero no puedan acudir personalmente a la oficina de Correos para depositar el voto, deberán otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona en su nombre.

Publicidad

Las personas que solicitaron el voto por correo pero no puedan acudir personalmente a la oficina postal para depositar el voto, deberán otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona en su nombre

La autorización deberá ser firmada por el elector y acompañarse de la fotocopia de su documento nacional de identidad, pasaporte u otro documento oficial identificativo, así como de la fotocopia del documento identificativo de la persona a la que autoriza.

Para facilitar la redacción de ese documento de autorización con todos los datos necesarios, Correos recomienda utilizar el modelo de autorización que se puede descargar en la web www.correos.es.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Disfruta de acceso ilimitado y ventajas exclusivas

Publicidad