Los alquileres con revisión anual en febrero podrán subir hasta un 2,28%, por debajo de la inflación

El nuevo índice del INE aplica sobre los contratos de viviendas habituales firmados después de mayo de 2023, cuando entró en vigor la Ley de Vivienda

Miércoles, 15 de enero 2025, 09:41

Inquilinos y propietarios ya saben cuánto podrán subir de máximo el precio de los alquileres que en febrero se enfrenten a su revisión anual. Tal y como estaba estipulado, el Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado este miércoles el índice de referencia para esa actualización y el resultado es que podrán repuntar, como mucho, un 2,28%.

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El dato queda así por debajo de la inflación de diciembre (la referencia que se utiliza para el cálculo), que cerró al 2,8%, según las estadísticas difundidas este mismo miércoles. Y también de la tasa subyacente, que cerró el periodo al 2,6%.

Esta nueva fórmula intenta minimizar el impacto del repunte de precios en el bolsillo de los inquilinos, utilizando para su cálculo el dato que resulte más bajo entre el IPC y la tasa subyacente, aplicando determinados coefecientes reductores para los periodos en los que la inflación supere el 2%.

El cálculo aplica solo sobre los contratos de alquiler sobre vivienda habitual que hayan sifo firmados desde la entrada en vigor de la Ley de VIvienda. Es decir, desde el 25 de mayo de 2023. Para los firmados con anterioridad a esa fecha, la actualización se realizará como hasta ahora, conforme al IPC o del Índice de Garantía de Competitividad (actualmente limitado al 2%).

El organismo estadístico difundirá de manera mensual este índice, que se utilizará como límite para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda, expresado con dos decimales, utilizando los últimos datos mensuales disponibles, que será el que marcará el precio al que se revalorizarán los contratos de arrendamiento firmados después de mayo de 2023.

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La idea de la administración es que, bajo este nuevo cálculo, se logre evitar «incrementos desproporcionados en la renta de los contratos de arrendamiento», tras dos años muy convulsos en los que el IPC ha llegado a superar el 10% en los momentos más tensos de la crisis.

Con la publicación de este índice, Estadística da cumplimiento a la disposición adicional undécima de la Ley por el Derecho a la Vivienda, que establece que el organismo definirá, antes del 31 de diciembre de 2024, un índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda, que se fijará como límite con el objeto de evitar incrementos desproporcionados en la renta de los contratos de arrendamiento.

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El Ejecutivo ya limitó a través de un Real Decreto-Ley la actualización anual de los contratos para 2022 y 2023 en función del Índice de Garantía de Competitividad, topado al 2%. Aunque cabe recordar que antes de aplicar el límite, prima el acuerdo entre el arrendador y el arrendatario. En todo caso, el nuevo índice llega cuando ya han expirado los topes temporales aplicados a las actualizaciones de alquileres.

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