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Mazazo judicial de proporciones todavía desconocidas para la agricultura de la provincia de Alicante. El Tribunal Supremo mantiene vigente el aumento de caudales ecológicos en el Tajo y, por ende, el recorte de agua trasvasada al Segura. El Alto Tribunal ha desestimado la petición de ... medidas cautelares solicitadas en un mismo recurso por la Diputación Provincial de Alicante y la Región de Murcia, como ya hizo en su día con la Generalitat Valenciana.
De esta manera, continúa vigente el hachazo al Trasvase Tajo-Segura aprobado por el Gobierno de Pedro Sánchez el pasado mes de enero. El Real Decreto sobre los nuevos planes hidrológicos de los ríos españoles mantiene el incremento de los llamados caudales ecológicos del Tajo en la cabecera, de 6 metros cúbicos por segundo actualmente a los 7 que tiene previstos el Ministerio de Transición Ecológica. El Supremo resuelve que, a pesar de toda la documentación aportada, «no se acredita de forma suficiente la existencia de dicho peligro inminente».
Y eso que, según uno de los informes aportados al Supremo por el Gobierno murciano y la Diputación de Alicante elaborados por expertos del Instituto del Agua de la Universidad de Alicante entre otros organismos de referencia, por cada hectómetro de subida en el caudal ecológico del Tajo le cuesta a los beneficiaros del trasvase cuatro millones de euros y 86 puestos de trabajo. Una documentación que el Alto Tribunal ni ha tenido en cuenta al entender que su «plena valoración es propia de la fase plenaria, y que quedan -en esta fase de limitado enjuiciamiento- desvirtuados».
En la exposición de motivos, el Supremo aduce que «desbordan, en buena medida, los límites de este incidente cautelar». En todo caso, pues se verán cuando la Sala entienda el fondo del asunto. Una cuestión que puede tardar algunos años, cuando se implementen ya de manera escalonada los caudales ecológicos hasta 2027. Para entonces, el plan hidrológico marca un caudal de 8,6 metros cúbicos por segundo, lo que supondrá 'de facto' la muerte del Travase, al ser inviable cualquier transferencia hídrica.
5.692 millones de euros de pérdidas
calculadas por el Instituto del Agua de la Universidad de Alicante
15.300 empleos se ponen en riesgo
por el recorte de agua trasvasada
El Supremo avisa: la fijación de un caudal ecológico, como ha hecho el Ministerio, es una obligación legal del Gobierno, derivada de la normativa comunitaria. Por tanto, entiende el tribunal que «existe un indudable interés público en la aplicación inmediata de las normas que lo componen». Lo único que había hasta el momento era «un régimen de caudales mínimos legales».
Es más, suspender ahora el Real Decreto traería más perjuicios que beneficios, al entender de la Sala, que evitaría «la conservación o recuperación del medio natural, manteniendo la vida piscícola que, de manera natural, habita o pudiera habitar en el río, así como la vegetación de ribera».
La cuestión sobre la que incidía la Diputación, y que no se ha tenido en cuenta, es el modo en qué se han fijado esos 8,6 hectómetros cúbicos finales, sin criterio técnico o científico alguno, y cómo se han escalonado. Al respecto, el Alto Tribunal reconoce que «las alegaciones de la recurrente, muy amplias y complejas», hacen referencia a la operativa de la implantación de los caudales ecológicos que nos ocupan, pero «anticipan el fondo del asunto, y, estrictamente, no son propias del incidente cautelar».
El Supremo asegura en su fallo que «los únicos valores que responden a la metodología ya descrita e impuesta por la Instrucción de Planificación Hidrológica (IPH) para la determinación de caudales ecológicos serían los implantados a partir de 2027», o sea, los definitivos.
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José C. Martínez / A. Mazón
La Sala comprende que «se ha previsto una implantación progresiva, precisamente, para desarrollar medidas especialmente en la cuenca del Segura que aporten recursos alternativos y pueda paliar los eventuales efectos que produzca la implantación de los caudales ecológicos fijados». Valida, por tanto, el plan del Gobierno central de sustituir el agua del trasvase por desalinizada, incluida una subvención para que se quede a 0,34 euros el metro cúbicos, el doble que por la tubería a pesar de todo.
Lo que hay por en medio, entiende el tribunal, son «cifras parciales» que «no pueden asociarse al concepto de caudal mínimo ecológico». Es más, respalda la forma de aumentar poco a poco el caudal para coordinar «los planes hidrológicos del Tajo y del Segura y paliar cualesquiera perjuicios que pudieran producirse como efecto de la imposición de estos caudales».
El recurso de la Generalitat Valenciana pleiteaba contra el aumento del caudal en 2026 y 2027. El de la Diputación de Alicante era más ambicioso, pero ha tenido el mismo recorrido. El Supremo le ha impuesto a la institución provincial las costas del proceso y quedarán para deliberar el tema más adelante.
Mientras tanto, los agricultores de la provincia de Alicante deberán esperar y regar con los recursos alternativos de desalinización que piensa implantar el Gobierno.
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