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O.B
Alicante
Viernes, 3 de marzo 2023, 11:50
El comercio de minoristas y mayoristas exportadores de calzado tiene un nuevo convenio tras la firma de la nueva hoja vinculante este jueves. Entre las medidas más destacadas se encuentra el incremento salarial del 10% para el 2024.
Este nuevo acuerdo ha sido firmado por la la Asociación Valenciana de Empresarios del Calzado (Avecal), la Federación de comercio y Pymes de la provincia de Alicante (Facpyme) y los sindicatos UGT y Comisiones Obreras (CCOO) este jueves en la sede de la Confederación Empresarial de la Comunitat Valenciana (CEV), en Alicante.
El convenio, que tendrá vigencia hasta el próximo 31 de diciembre de 2024, permitirá mejorar las conduciones laborales y de productividad de los empleados que trabajen dentro del comercio alicantino de minoristas, mayoristas y exportadores de calzado, marroquinería y artículos de piel y de viaje.
El gran avance se encuentra en materia de salario. Los empleados del sector experimentarán una subida salarial del 8% de cara a 2023, haciéndose efectiva a partir de julio. En concreto, tendrán un incremento del 4,5% para 2022, de aplicación desde principios de este año, y uno del 3,5% sobre las tablas resultantes de 2022, aplicándose a mediados de año y abonándose los meses anteriores en un único pago.
10% para 2024
de subida salarial en el sector de los comercios de calzado
En cuanto a 2024, el salario se materializará en un 2% desde principios de ese año, excepto si el IPC es superior al 4,5%. En ese caso, se sumará un punto porcentual más en 2025 y cuyos efectos se abonarán en un pago en enero de ese año.
La jornada anual también se reduce. Serña de 1.788 horas para 2023 y de cuatro menos en 2024. Además, se remunerarán los cuatrienios con un aumento del 5% del salario del convenio por cada periodo y con carácter acumulativo.
Del mismo modo, se abonarán dos gratificaciones extraordinarias al año, así como los pagos extras con el fin de conmemorar las fiestas patronales de cada año a cada localidad. Por ello, se establece una paga de marzo que consistirá en una mensualidad del salario del convenio, más el complemento de antigüedad, y que podrá ser prorrateada.
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