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Firma del convenio entre el Icali y la Cámara. Icali
El Icali y la Cámara cooperarán en actividades formativas y en la difusión de servicios para los profesionales

El Icali y la Cámara cooperarán en actividades formativas y en la difusión de servicios para los profesionales

El acuerdo tiene una vigencia de dos años que se podrá prorrogar por periodos idénticos

Jueves, 20 de febrero 2025, 17:09

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Alicante (Icali) y la Cámara de Comercio, Servicios y Navegación de Alicante han firmado este miércoles un acuerdo de colaboración con el objetivo de fomentar actividades formativas y de difusión de servicios e iniciativas entre ambas instituciones.

El decano del Icali, Ignacio Gally, y el presidente de la Cámara Alicante, Carlos Baño, han protagonizado el acto oficial de firma del acuerdo, que tiene una vigencia de dos años que se podrá prorrogar por periodos idénticos.

«Nuestro trabajo como profesionales de la abogacía está directamente vinculado al tejido productivo de la provincia de Alicante, por lo que esta colaboración es, además de necesaria, decisiva para nuestro ejercicio», ha señalado Gally tras la firma del convenio.

Por su parte, Baño ha manifestado que «desde Cámara de Alicante queremos ser una herramienta útil para todos los sectores productivos y ciudadanos de la provincia de Alicante. Para ello, el actual equipo de gobierno ha apostado fuerte por la formación en todos sus ámbitos y es lo que hemos querido recoger con la firma de este convenio.»

Así, el acuerdo estipula que se llevará a cabo una jornada anual formativa de forma conjunta sobre materias como derecho fiscal o laboral y recoge además la colaboración en actividades del Club Cámara Alicante y otras iniciativas que impulsen ambas instituciones.

El convenio también contempla la difusión y promoción de la Corte de Arbitraje de Alicante, con sede en la Cámara de Comercio, y de la mediación mercantil, procedimientos enmarcados en los llamados Métodos Adecuados de Solución de Controversias (MASC), que serán requisitos de procedibilidad a la hora de iniciar una demanda con la entrada en vigor de la Ley 1/2025 de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

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